Estatus de Protección Temporal
El Secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), puede designar a un país para el Estatus de Protección Temporal (TPS) debido a las siguientes condiciones:
Conflicto armado en curso, como una guerra civil.
Un desastre natural, como un terremoto, un huracán, o una epidemia.
Otras condiciones extraordinarias y temporales.
Durante el período designado, las personas que son beneficiarias del TPS o que han sido elegibles de forma preliminar para el TPS durante la revisión inicial de sus casos (elegibles prima facie, o elegibles de primera intención):
No serán expulsadas de los Estados Unidos.
Pueden obtener un Documento de Autorización de Empleo (EAD).
Pueden obtener una autorización de viaje.
Para obtener más información, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Viajes
Si usted posee el Estatus de Protección Temporal (TPS) y desea viajar fuera de los Estados Unidos, es necesario que solicite una autorización de viaje. La Autorización de Viaje para TPS se emite como un Permiso Adelantado si el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) determina que es apropiado aprobar su solicitud. Este documento le permite salir y regresar a los Estados Unidos durante un período específico. Para solicitar el Permiso Adelantado, debe presentar el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje. Si sale de los Estados Unidos sin solicitar el permiso adelantado, podría perder su TPS y es posible que no se le permita reingresar a los Estados Unidos.
Si USCIS aún está adjudicando su solicitud de TPS, es posible que se pierda notificaciones importantes de la agencia, como una Solicitud de Evidencia Adicional, mientras está fuera de los Estados Unidos. No responder a estas solicitudes podría resultar en la denegación de su solicitud.
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