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Cambios en estadías y extensión de estatus a no inmigrantes por la COVID-19

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (DHS, por sus siglas en inglés) ) anunció el lunes “varias políticas y procedimientos para mejorar las oportunidades de empleo de los trabajadores estadounidenses durante esta pandemia”.

En un comunicado, la agencia dijo que “reconoce que hay retos relacionados a inmigración debido a la pandemia del coronavirus (COVID-19)”.

Los trabajadores y no inmigrantes –que regularmente deben salir del territorio para volver a aplicar- pueden permanecer de forma involuntaria en Estados Unidos -más allá de su periodo de admisión autorizado debido al COVID-19- y si así fuera, indica DHS, quedan disponibles algunas opciones.

Los involucrados en estos casos pueden solicitar una Extensión de Estadía, documento que el departamento asegura que actualmente “acepta y procesa solicitudes y peticiones”, y agregó que muchos de sus formularios están disponibles para presentación en línea.

En caso de presentar la solicitud “de manera oportuna”, el departamento dijo que “se extenderá automáticamente la autorización de empleo con el mismo empleador” y que será “hasta 240 días después del vencimiento del I-94”.

La entidad señala en su anuncio que existe flexibilidad en los “casos de Solicitudes Tardías” y que el Servicio de Inmigración “podría considerar los retrasos debido a la pandemia de coronavirus”.

Bajo las regulaciones vigentes y según lo indicado en la página de Situaciones Especiales, “si un peticionario o solicitante presenta una petición de estadía o de cambio de estatus (en los formularios I-129 o I-539) después de que venza el periodo de admisión autorizado, USCIS, a discreción propia, podría excusar el no haber presentado la petición a tiempo si se debió a circunstancias extraordinarias fuera de su control como, por ejemplo, aquellas que puedan ser causadas por COVID-19”.

Para estas exenciones “el peticionario o solicitante debe presentar evidencia creíble para apoyar su petición, que USCIS evaluará según cada caso individual”.

Dichas situaciones especiales han sido utilizadas en varias ocasiones en el pasado, incluso durante desastres naturales y crisis similares.

Inmigración recomienda revisar las páginas de los formularios I-129 e I-539 para obtener los requisitos específicos de presentación y elegibilidad para extensiones de estadía y cambios de estatus.

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